FACULTADES EXCLUSIVAS DE LAS CÁMARAS
La Constitución asigna a las Cámaras del Congreso de la Unión actividades especificas:
En ciertas actividades las Cámaras no dependen una de la otra.
La iniciativa y formación de
leyes según el articulo 71 le corresponde al presidente de la República, a los diputados y senadores del Congreso de la Unión y las
legislaturas de los estados.
Las facultades en conjunto son:
En resumen, observa la siguiente infografía
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